Los propietarios pueden beneficiarse de los beneficios fiscales que aporta la vivienda habitual
Al comprar una vivienda se ha de saber que esta tributará sí o sí ante la Agencia Tributaria mediante la referencia catastral. Ahora bien, si el propietario decide vender la vivienda para habitar otra, no pagaría el IRPF que corresponde a las ganancias patrimoniales.
Las ganancias o perdidas patrimoniales son aquellas variaciones en el valor del patrimonio de una persona, es decir, las compra o la venta de acciones, la venta de un inmueble o otros títulos.
Para evitar pagar a la Agencia Tributaria las ganancias patrimoniales se deben seguir una serie de requisitos. Si el dinero de la venta se emplea en la compra de una nueva vivienda habitual se estará exento de abonar el IRPF, Hacienda debe saber que no se va a especular con la compra del inmueble, es decir, confirmar que se vende la vivienda habitual (que se haya residido en ella de forma continua durante al menos tres años o si este periodo ha sido inferior, que el cambio de residencia se haya producido por causas justificadas como un divorcio o un traslado por razones de trabajo), y se va a comprar una casa que actuará como vivienda habitual. Además, la vivienda no tiene por que venderse de inmediato, la reinversión debe realizarse en un plazo máximo de dos años posteriores y anteriores a la fecha de venta.
Si en la compra de la nueva vivienda habitual no se emplea todo el importe obtenido por la venta, habrá que pagar el IRPF por la cantidad que no ha sido reinvertida.
Font, extracte del article de Iñaki Sarrió per a "El día"
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