NOTA D'ENRIC : Ja advertíem en articles anteriors que mentres la demanda siga major que la oferta açò anava a passar i el arrendatari te que tragar doncs si no llogues tu hi han altres darrere que sí ho faràn acceptant tot el que ilegalment li imposen.
La ley de vivienda ha entrado en vigor, pero hay constancia de que los rentistas y empresas inmobiliarias han creado un sistema para mantener sus exigencias y exigir a los inquilinos asumir ciertos costes del alquiler.
La ley aprobada por el Gobierno permite a las comunidades autónomas limitar el precio de los alquileres a través de la declaración de “zonas tensionadas” —algo que parece que no se implementará tras la victoria del PP en casi todas las regiones— y exige a los propietarios hacerse cargo de los honorarios que cobran las inmobiliarias por sus gestiones. Sin embargo, Infobae España ha podido corroborar que muchas inmobiliarias han sabido burlar a la nueva normativa para mantener sus beneficios a costa de los inquilinos.
El Sindicato de Inquilinos se ha mostrado muy crítico con todas estas prácticas. Desde la organización aseguran que no dejan de recibir denuncias y vulneraciones por parte de los propietarios: “La ley amplía la protección y los honorarios de las inmobiliarias siempre deben corren a cuenta del casero, pero vemos, una y otra vez, nos escriben continuamente, que las inmobiliarias se lo están saltando”.
Es ilegal”
Las fórmulas que este medio ha conocido son las siguientes: la más habitual es un cambio en el concepto. Las inmobiliarias han sustituido el motivo para solicitar al inquilino un mes correspondiente a los honorarios. Ahora lo denominan “asesoramiento jurídico” o “servicios profesionales” por servir de intermediario entre el propietario y el inquilino durante la duración del contrato. En cualquier caso, pagarlo es obligatorio e indispensable para poder acceder a ese alquiler.
“Cobramos un mes de alquiler como servicios profesionales. Si pasa algo, tendrás que llamarnos, así que es una tarifa por hacernos cargo”, aseguran desde la inmobiliaria Aguayo & Escámez, con pisos de alquiler en el madrileño barrio de Cuatro Caminos. Es el propietario quien se desentiende de sus funciones, pero es el inquilino el que paga por ello.
El Sindicato de Inquilinos es tajante sobre estas formas y este cobro: “Es ilegal, se está cambiando el nombre del concepto, se inventan nuevos nombres para lo mismo de siempre”.
Otra técnica consiste en adaptar los contratos de alquiler para que los propietarios no tengan que asumir los gastos de la inmobiliaria. La ley de vivienda obliga al dueño de la vivienda a costear los honorarios de la inmobiliaria siempre y cuando se firmen contratos de “vivienda habitual”, es decir, de al menos 12 meses. El resto de contratos, aseguran las inmobiliarias, que pueden ser de “vivienda temporal” o de “vivienda turística”, están eximidos de esta novedad.
Font, extracte del article de José Carmona per a "Infobae"
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