domingo, 4 de junio de 2023

Giro de 180 grados del Supremo con las comisiones de apertura de la hipoteca

 


El TJUE ha establecido la doctrina europea sobre este caso dejando en manos de los tribunales el estudio de cada caso particular de los juicios de abusividad.

Ligero cambio de escenario en el extenso caso de las comisiones de apertura de la hipoteca, que ahora vuelve a recaer en el juicio del Tribunal Supremo. El Alto Tribunal ha realizado su primera sentencia sobre un caso particular después de pedir opinión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y que este corrigiera ciertamente su criterio habitual de actuación.

Antes de su entrada en escena, el Supremo no estudiaba cada caso en particular si no que siempre se consideraba justa, al clarificarse su inclusión en el objeto principal del contrato. Algo que, según la normativa europea, le otorgaba transparencia y la excluía de su control. “En este particular nuestra jurisprudencia debe ser modificada”, indica la Sala de lo Civil del Supremo.

Sin embargo, la falta de acuerdo en cuanto al método de proceder y la polémica en torno a las conclusiones en estos últimos años, con desacuerdos múltiples, ha derivado en que el Supremo considere ahora que “no cabe una solución unívoca sobre la validez o invalidez de la cláusula que establece la comisión de apertura, puesto que dependerá del examen individualizado de cada caso, conforme a la prueba practicada”.

Font, extracte del article de Javier Martín per al "HuffPost"

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