viernes, 5 de enero de 2024

Adiós definitivo a los patinetes eléctricos. Las prohibiciones de la DGT ya han entrado en vigor



Este enero de 2024 trae consigo cambios en la reglamentación que regula la circulación en patinetes eléctricos. Cada inicio de un año suele marcar la puesta en marcha de normativas de tráfico que comienzan a aplicarse en el mes de  enero. Año nuevo, normas nuevas, así lo dispone la Dirección General de Tránsito.

Los patinetes eléctricos han sido el centro de los planes de la DGT para los años venideros. El aumento de este tipo de vehículos en las vías públicas ha ocasionado la necesidad de nuevas normas que garanticen la seguridad de todos.

Las regulaciones apuntan a dos aspectos. Por un lado, a las exigencias estructurales de los patinetes. Y por el otro al uso.

¿Qué condiciones deben reunir los patinetes eléctricos para estar habilitados en 2024?

La diversidad de formatos y modelos de los patinetes eléctricos es una característica del mercado actual de estos vehículos.  Materiales y estructuras muy diferentes determinan diferencias de precios de compra. Y en muchas ocasiones, estas diferencias implican riesgos.

Atendiendo a este aspecto, la DGT ha dispuesto que solo se pueden vender patinetes eléctricos que cumplan las condiciones dispuestas en el «Manual de características técnicas de los VMP».

Como lo indica el nombre del manual, no solo se regulan los patinetes, sino que también se establecen requisitos para otros vehículos de movilidad personal, los VMP.  Esta medida continuará vigente en el 2024.

El Reglamento General de Vehículos establece las características de los VMP, que son las siguientes:

  • Tienen una o más ruedas.
  • Disponen de una única plaza, es decir, que solo puede viajar en él un único pasajero.
  • Están movidos por motor eléctrico.
  • La velocidad máxima está comprendida entre los 6 y los 25 km por hora.
  • En casos especiales, los vehículos auto equilibrados pueden tener un sillín o asiento. Son los VMP destinados a personas con movilidad reducida.
  • Reúnen otros requisitos: sistemas de frenado, dispositivos de visibilidad, avisador acústico, luces y dispositivos reflectantes traseros y delanteros, sistemas de estabilización para aparcamiento, diámetro de ruedas, condiciones de plegado.
  • También deben tener marca de fábrica.
  • Disponen de espacio trasero para identificación o etiqueta de registro.

El manual recoge otras características técnicas orientadas a la integridad estructural, resistencia y protección de baterías ante temperaturas elevadas.

¿Qué pasa con los patinetes eléctricos que se vendan a partir del 22 de enero de 2024?

A partir del 22 de enero del 2024, los vendedores de patinetes eléctricos deben entregar a los compradores un certificado de habilitación.

Este certificado es la garantía de calidad y durabilidad mínimas exigibles. Con este requisito, la DGT entiende que contribuye a velar por la seguridad vial de todos y por la protección del conductor de este tipo de vehículos

Los patinetes que fueron comprados con anterioridad a esa fecha, podrán circular hasta el 2027, aunque no dispongan del certificado.  Pero, luego de ese año, ya no podrán estar en las calles.

En su sitio web, la DGT publica marcas y modelos que ya han sido certificados y que cumplen con todos los requisitos establecidos en el Manual.

Circulación en patinetes eléctricos en 2024

Además de las características de los patinetes, la normativa establece normas para la circulación en los patinetes. Entre ellas se dispone:

  • Prohibición de circular por las aceras y en vías interurbanas, autopistas, autovías o túneles urbanos.
  • Se sugiere a los conductores usar casco de protección.
  • No se puede conducir con auriculares puestos.
  • Se prohíbe utilizar celular u otros dispositivos cuando se conduce.
  • Los conductores de patinetes eléctricos se rigen por las mismas tasas de alcohol permitidas por la Ley de Seguridad Vial.
  • No se puede conducir bajo efectos de estupefacientes.

La normativa prevé multas para quienes no cumplan con las disposiciones vigentes.

Font, article en "La Grada"

No hay comentarios:

Publicar un comentario