sábado, 13 de mayo de 2023

Prohibit el pagament de les rendes del lloguer en la nova Llei de la vivenda amb efectiu

La nueva Ley de la Vivienda en España, que ha sido aprobada por el Congreso de los Diputados el pasado 27 de abril, se trata de una legislación histórica, ya que es la primera que se aprueba desde la instauración de la democracia.

Novedades en la Ley de Vivienda

Una de las principales novedades de la Ley de la Vivienda es la prohibición del pago en efectivo de las cuotas mensuales del alquiler. A partir de ahora, quedará prohibido el pago en efectivo de dichas cuotas, debiendo realizarse, según el artículo número 10 del proyecto de ley, a través de medios electrónicos como transferencias bancarias o tarjetas de crédito, salvo en casos excepcionales en los que alguna de las partes no tenga acceso a estos medios. En estos casos, el pago en efectivo se podrá realizar en la vivienda arrendada.

Esta mesura, que ha generado cierta polémica entre los distintos actores del sector inmobiliario, se justifica por parte del gobierno en su intención de fomentar la transparencia y la trazabilidad de las operaciones de alquiler, evitando posibles fraudes o situaciones de impago que puedan afectar tanto a los inquilinos como a los propietarios.

Según fuentes del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, encargado de la elaboración de la nueva normativa, la medida se aplicará tanto a los nuevos contratos de alquiler que se firmen a partir de la entrada en vigor de la ley como a los ya existentes, estableciéndose un plazo de adaptación de seis meses para los casos en los que se estuviera realizando el pago en efectivo.

Font, extractes de un article en "Economía Digital".

NOTA D'ENRIC : Está mesura tracta de controlar tots els pagaments dels lloguers per part de l'administració per a que no es superen els llímits de renda establits, però no evitarà en les zones on hi haga més demanda que oferta, el que es pague en negre mitjansant efectiu les diferències entre dit preu legal establert com a màxim i el preu legal que les parts establisquen extraoficialment, perquè si el arrendatari no ho accepta darrere ell hi ha una llarga llista que sí ho acceptaría.


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