La devolución de esta cantidad de dinero es uno de los principales conflictos entre propietarios e inquilinos
Las obligaciones de las dos partes están definidas, en términos muy generales, en la Ley de Arrendamientos Urbanos. El casero está obligado a realizar las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad, salvo cuando el deterioro sea imputable al arrendatario. Por otra parte, el inquilino tiene la obligación de efectuar pequeñas reparaciones por el uso ordinario de la casa. Por ejemplo, una bombilla que no funciona, un grifo que se rompe… “Es un tema de interpretación, por lo que seguiremos teniendo muchas sentencias en esta materia”, dicen en el bufete KLJ
Cada vez más propietarios e inquilinos se guardan las espaldas y hacen fotografías y vídeos del estado de la vivienda. “Es conveniente hacer un inventario de cada uno de los muebles y enseres y su valoración”, aconseja Galisteo. Además, de cara al inquilino, “cuando acaba el contrato y entrega las llaves puede intentar que el casero firme una cláusula donde reconoce recibir la casa en perfecto estado. Cerraría la puerta a que reclamara pasados unos días por daños que no existen”, comenta la abogada de Legálitas. “Si el casero le dice al inquilino que deje las llaves al portero o en el buzón, que él ya acudirá luego a por ellas. Esto puede dar problemas, así que el consejo es hacer una visita conjunta al piso el último día del alquiler. Si en la contratación intervino una agencia, podría estar presente en la entrega de llaves como testigo de que todo está bien”, aconsejan en OCU
Por partes. La fianza es el equivalente a un mes de renta y el casero puede pedir una garantía adicional, que en ningún caso puede exceder de dos mensualidades de renta. Son dos figuras distintas y tienen que recogerse en el contrato de manera independiente. El propietario debe depositar la fianza en el organismo competente de su comunidad autónoma y, si no lo hace, se arriesga a ser sancionado. En opinión de los letrados consultados, cada vez son más los que cumplen la norma. “Ahora se exige este depósito para que el inquilino goce de algunas ayudas o deducciones fiscales, y hay más control”, dicen en OCU.
Un mes de plazo
Un mes desde la entrega de las llaves. Este es el tiempo que tiene el casero para devolver la fianza. “El contrato ha finalizado, ha pasado un mes y aún no me han devuelto la fianza. ¿Puedo denunciar en los tribunales?”, se pregunta otro usuario a raíz del vídeo de Alejandro. La respuesta es afirmativa, aunque antes es recomendable enviar un burofax al casero requiriéndole la devolución de la fianza y de la garantía adicional. Y, en caso de que no conteste o no esté conforme, habrá que acudir a los tribunales.
Pasado ese primer mes desde la entrega de llaves, el importe de la fianza empieza a devengar intereses. El inquilino podrá reclamarlos tanto en el burofax que envíe al arrendador como en la demanda judicial
Font, extracte article Sandra López Letón para "El País"
No hay comentarios:
Publicar un comentario