La Sentencia del Tribunal Supremo de 30 de mayo de 2014 (n.º de recurso 2362/2013), desestima el recurso en interés de Ley interpuesto por la Abogacía del Estado contra la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura de 26 de marzo de 2013 (es a dir, ratifica ésta) .
El conflicto que dio origen a estas sentencias se originó cuando el Ayuntamiento de Badajoz decidió reclasificar varios terrenos rústicos y darles la consideración de urbanizables, con lo que sus propietarios vieron multiplicarse la cantidad a pagar en concepto de IBI pero sin posibilidad de desarrollar urbanísticamente los terrenos por no tener aprobado el Plan Parcial. Uno de los muchos efectos perversos de la crisis económica es que lo que antes se consideraba una bendición –la reclasificación de terrenos rústicos como urbanos- se puede convertir ahora en una pesadilla, al tener que pagar unas altas cargas impositivas por parcelas que no acaban de iniciar su desarrollo urbanístico.
Los propietarios afectados iniciaron una reclamación contra la notificación individual de la valoración catastral a efectos de IBI. La reclamación fue rechazada por el Catastro y por el Tribunal Económico Administrativo de Extremadura, pero fue finalmente estimada, en vía de recurso contencioso-administrativo, por la citada Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura dio la razón a los recurrentes, interpretando que, conforme a este precepto, no basta para otorgar la calificación catastral de urbano a un terreno con que esté incluido en un sector o ámbito delimitado o sectorizado para ser urbanizado, sino que es preciso que o bien se haya aprobado ya el instrumento urbanístico que establezca las determinaciones para su desarrollo –plan parcial-, o bien que tal instrumento no sea preciso porque el propio plan general establezca su ordenación detallada sin necesidad de planeamiento de desarrollo.
Demòcrates Valencians va a pressentar en els ajuntaments on té regidors propis o del seus partits socis UnitsxValència i Acció Cerdaní, una moció sol.licitant es pare d'inmediat el cobrament del IBI urbà a les parceles afectades i els canvis oportuns per a que es torne a cobrar l'impost com a rústic.
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