jueves, 1 de diciembre de 2011

LA PLAYA, MAS QUE UN MERO BARRIO : UN ENTE SINGULAR

NOTA PREVIA: Este artículo lo escribo a título personal y no en representación de ninguna asociación ni partido político.
Oficinas Municipales de la Playa
Des de ACEPLAT, Asociación de Comerciantes y Empresarios de la Playa de Tavernes, se viene solicitando desde su fundación y a los distintos gobiernos municipales una vía de comunicación lo más directa posible con éstos, como un técnico de turismo , concejal de playa, u otro. Se señaló en su momento que un concejal de playa no es posible dado que este es un barrio más de la playa (Señor Manolo Vidal) y por lo complejo que sería su cargo , dado que abarcaría todas las concejalías del ayuntamiento en una.
Yo no pienso lo mismo, sería un coordinador muy efectivo, canalizador de las peculiaridades propias que este "barrrio" de la playa tiene " per se " . No obstante, la legislación vigente nos ofrece otras fórmulas :


Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades locales.

TÍTULO IV.
DE LA ORGANIZACIÓN COMPLEMENTARIA DE LOS ENTES LOCALES TERRITORIALES

CAPÍTULO PRIMERO.
ORGANOS COMPLEMENTARIOS: COMPOSICIÓN Y ATRIBUCIONES

2. En los Municipios, además,
  1. Los representantes personales del Alcalde en los poblados y barriadas.
  2. Las Juntas municipales de distrito.

SECCIÓN SEGUNDA. DE LOS REPRESENTANTES DEL ALCALDE


1. En cada uno de los poblados y barriadas separados del casco urbano y que no constituyan entidad local, el Alcalde podrá nombrar un representante personal entre los vecinos residentes en los mismos.
2. También podrá nombrar el Alcalde dichos representantes en aquellas ciudades en que el desenvolvimiento de los servicios así lo aconseje. El representante habrá de estar avecindado en el propio núcleo en el que ejerza sus funciones.
3. La duración del cargo estará sujeta a la del mandato del Alcalde que lo nombró, quien podrá removerlo cuando lo juzgue oportuno.
4. Los representantes tendrán carácter de autoridad en el cumplimiento de sus cometidos municipales, en cuanto representantes del Alcalde que les nombró.


SECCIÓN QUINTA. DE LAS JUNTAS MUNICIPALES DE DISTRITO


El Pleno del Ayuntamiento podrá acordar la creación de Juntas Municipales de Distrito, que tendrán el carácter de órganos territoriales de gestión desconcentrada y cuya finalidad será la mejor gestión de los asuntos de la competencia municipal y facilitar la participación ciudadana en el respectivo ámbito territorial.
1. La composición, organización y ámbito territorial de las Juntas serán establecidas en el correspondiente reglamento regulador aprobado por el Pleno.
2. El reglamento de las Juntas determinará asimismo las funciones administrativas que, en relación a las competencias municipales, se deleguen o puedan ser delegadas en las mismas, dejando a salvo la unidad de gestión del municipio.
3. El reglamento de las Juntas municipales de distrito se considerará, a todos los efectos, parte integrante del reglamento orgánico.

Y termino : como se puede ver, si hay voluntad, hay soluciones , ¿LA HABRA EN LA NUEVA CORPORACION?


Firmado, Enrique Estruch i Ferrando

4 comentarios:

  1. Enrique, ¿quieres ser alcalde antes de tiempo? Preséntate a unas elecciones, so listo.

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  2. Enrique Estruch i Ferrando3 de diciembre de 2011, 19:10

    Sólo cuando se modificara la ley y el alcalde fuera elegido diréctamente por el pueblo, entonces me lo pensaría, pero no, no tengo esa intención, no aspiro a tanto, en todo caso a concejal para ayudar al pueblo a salir de la que nos ha venido encima.
    Que sea alcalde aquel más votado sea por encabezar un partido o por que lo elijan un grupo de partidos que sumen más votos que uno sólo, así lo quieren, así lo tengan, en manos del PP está cambiarlo.
    Yo,venido el caso, apoyaré a quién la mayoría de votos, sea por un sólo partido o por juntarse varios partidos, apoyen.
    Aviso a navegantes : cuando no lo quieran así, que cambien la ley.

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  3. Enrique, presentat al que vullgues que jo t'apoye, a mort, gavinet en ma si fa falta, i som ja una flota de rosaets, així que, tú, el anónim primer, si tens algo que dir dona la cara, so cobarde segur que pepero o bloquero.

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  4. Tranquil Vicent, tranquil, perro ladrador poco mordedor i mes aquestos cobardes que fa temps que en tenen en el punt de mira...gracies de tot cor.

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