La Ley por el Derecho a la Vivienda trae novedades tras las enmiendas pactadas por los grupos parlamentarios.
Los propietarios, independientemente de que sean grandes tenedores o particulares, podrán trasladar al inquilino determinados gastos de la vivienda, como los impuestos del IBI o de la basura, así como otros costes para el mantenimiento del inmueble.
No obstante, la modificación del artículo 20 de la futura norma, matiza que para que el inquilino asuma estos costes debe haber habido un acuerdo inicial entre las partes. "Para su validez, este pacto deberá constar por escrito y determinar el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato", indica el texto. De este modo, en las actualizaciones anuales de los contratos no se podrán añadir nuevos costes para el inquilino que no hayan quedado fijados en el contrato preliminar.
Concretamente, entre los gastos que el casero puede trasladar al arrendatario están "los generales para el adecuado sostenimiento del inmueble" y "sus servicios", "los tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios".
Font : Extracte d'un article publicat per Eva Díaz en el "Economista.es"
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